Sociedad | Riesgos de trabajo

Cooperativas cubiertas

Las cooperativas de trabajo podr谩n contratar aseguradoras de riesgos de trabajo o ART. Mediante un decreto, la Presidencia de la Naci贸n dispuso ampliar la cobertura ante riesgos laborales a las y los trabajadores asociados a cooperativas de trabajo. Esa posibilidad hasta el momento solo la pod铆an ejercer los trabajadores en relaci贸n de dependencia.
Buenos Aires, 27 de setiembre de 2022. Mediante el decreto 651/2022 de la Presidencia de la Naci贸n, las y los trabajadores asociados a cooperativas de trabajo registradas ante el INAES 鈥減odr谩n beneficiarse con la contrataci贸n de aseguradoras del riesgo del trabajo鈥, derecho que hasta el momento solo pod铆an ejercer los trabajadores en relaci贸n de dependencia.

鈥淓ste decreto ampl铆a derechos para los trabajadores, permitiendo a las cooperativas de trabajo acceder de manera facultativa al sistema de las ART鈥 celebr贸 Alexandre Roig, presidente del INAES, remarcando que 鈥渆s el primer paso en el camino de reconocimiento de las y los trabajadores asociados, de sus derechos y de la centralidad que tienen dentro de la organizaci贸n laboral y productiva argentina鈥.

Seg煤n el texto publicado en el bolet铆n oficial 23 de septiembre de 2022, aunque 鈥渓a relaci贸n jur铆dica entre la Cooperativa de Trabajo y sus asociadas y asociados, de naturaleza asociativa y aut贸noma鈥 no representa 鈥渦n v铆nculo laboral en el marco de una relaci贸n de empleo en el sentido de las comprendidas en la Ley de Contrato de Trabajo鈥, es decir trabajo en relaci贸n de dependencia, esta particularidad no puede ser impedimento 鈥減ara que este conjunto de trabajadores y trabajadoras se vean alcanzados y alcanzadas por los principios tutelares que gozan los trabajadores y las trabajadoras dependientes respecto de las consecuencias derivadas de un infortunio laboral鈥.

El decreto presidencial toma tambi茅n en cuenta lo expresado en la 鈥渞esoluci贸n 4664/13鈥 del Directorio del INAES donde se declara que las cooperativas de trabajo 鈥渄eber谩n prestar a sus asociados y asociadas los beneficios de la seguridad social, incluyendo el pago de las prestaciones dinerarias que les corresponda percibir en caso de enfermedades o accidentes鈥 y que estas obligaciones 鈥減odr铆an ser sustituidas mediante la contrataci贸n de seguros con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo de coberturas que prevean la reparaci贸n del da帽o, as铆 como tambi茅n la obligaci贸n de solventar la prevenci贸n del riesgo鈥.

En este sentido, 鈥渘ada obsta para disponer que las entidades cooperativas de trabajo puedan contratar para sus asociados y asociadas las protecciones previstas鈥 en la 鈥淟ey de Riesgos de Trabajo N掳 24.557鈥, por lo que se decreta extender a las y los trabajadores cooperativistas los derechos enumerados en dicha ley, espec铆ficamente, la contrataci贸n de seguros laborales.

A partir de esta decisi贸n, toda entidad asociativa registrada como cooperativa de trabajo podr谩 decidir la contrataci贸n de servicios de una aseguradora de riesgos del trabajo mediante un acto de 鈥渓a asamblea de socios y socias de la Cooperativa de Trabajo, conforme las formalidades y condiciones dispuestas por la Ley N掳 20.337, sus normas complementarias y los estatutos cooperativos鈥.

La aplicaci贸n de esta norma ser谩 reglamentada por la Superintendencia de Seguros de la Naci贸n (SSN), la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP). El decreto 651/2022 se encuentra disponible en el bolet铆n oficial del d铆a 23/09/2022 o mediante el link: www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/272282/20220923


Compartir nota en las redes sociales Enviar Imprimir

Dejanos tu comentario