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Freno judicial a las obras del Parque España

La Justicia porteña ordenó frenar la construcción de edificios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en terrenos del Parque España, ubicado en el barrio de Barracas. Por medio de una medida cautelar, hizo lugar a un planteo del Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) y detuvo el inicio de las obras del proyecto “Parque de la Cultura”.
Buenos Aires, 7 de setiembre de 2021. El Parque España está catalogado por el Código Urbanístico como Distrito Urbanización Parque (UP), área destinada a espacios verdes y parquización de uso público en los que no se pueden realizar construcciones que modifiquen ese uso original ya que el Ejecutivo solo puede autorizar obras “de exclusiva utilidad pública”, siempre que “complementen y no alteren el carácter de las UP” y estén orientadas a satisfacer “funciones para el desarrollo del uso principal”. 

El proyecto “Parque de la Cultura”, implica construir en el Parque España una nueva sede del Ministerio de Cultura, la Nueva Escuela Taller de artes y oficios del Casco Histórico, la Escuela de Danzas contemporáneas del teatro San Martín y la Escuela Taller de Titiriteros Ariel Bufano. La superficie total del Parque es de 51.310 m2. De estos, 6.158 m2 serán ocupados por el polo cultural, en sus tres etapas. De acuerdo al master plan del proyecto, la etapa 1 comprende 1400 metros cuadrados e incluye un nuevo edificio para la Escuela Taller de 500 metros cuadrados cubiertos y el nuevo edificio para el Taller de Danzas y Títeres de 900 metros cuadrados cubiertos. Se trata de una construcción en medio de un parque de la Comuna 4 que tiene 4,2 metros cuadrados de espacios verdes públicos por habitante, muy lejos del mínimo de 10 a 15 recomendado por la ONU. 

Hasta ahora se aprobaron los pliegos de la licitación para la primera de las tres etapas del plan: la construcción del edificio para la Escuela Taller del Casco Histórico, cuya sede de Brasil y Paseo Colón está siendo demolida para continuar el Metrobus hacia el sur de la Ciudad.

Con su resolución, el Tribunal de la Sala N°2 de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad sostuvo que “los usos factibles en los terrenos ubicados en zonificaciones UP (Urbanización Parque) son muy limitados ya que en principio sólo se permitiría en aquellos la construcción de establecimientos que tengan una vinculación directa con el destino de la zona (usos complementarios)” y que, en este caso “el uso principal a tener en cuenta sería el disfrute y goce por parte de todas las personas del parque público”. Agregó que los edificios proyectados “no denotarían una manifiesta adecuación o relación directa con los parques públicos (...)  máxime teniendo en miras el cumplimiento de los objetivos planteados en el plan urbano ambiental para este tipo de espacios, especialmente el referido el incremento, recuperación y mejoramiento de los parques, plazas y paseos”.

Por último sostuvo que “avanzar sin más con las obras decididas por la Administración podría aniquilar derechos e intereses de los habitantes de la ciudad dignos de protección”.
Para los vecinos del Parque, las intervenciones y el discurso del GCBA en el sur de la Ciudad constituyen mera propaganda electoral, no comprenden sus intereses e identidad ni respetan el patrimonio.                        


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