Sociedad | Femicidios

La otra epidemia

Junto a la pandemia del COVID 19 hay en la ciudad otras epidemias, no menos graves. Una de ellas, es la de femicidios. 56 mujeres fueron asesinadas entre 2015 y 2018 en el ámbito de la capital del país. Pero la justicia está en deuda. En un informe, la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres destacó la demora en la Justicia de la Ciudad en tomar la decisión sostenida de considerar a los femicidios como tales, y la demora en acceder a las sentencias firmes. Por Mateo Lazcano, para la Cooperativa de Editores EBC
Buenos Aires, 7 de abril de 2020. En tiempos de pandemias y de patologías asociadas a virus, bacterias o mosquitos, la ciudad convive simultáneamente con una epidemia social. A diferencia de ellas, esta es trasmitida por la cultura, por un régimen de dominación cultural y ejecutada por la fuerza, con un arma o un elemento cortante. Se trata de los femicidios, los crímenes efectuados contra las mujeres por el simple hecho de serlo. Un acto criminal que se repite en los últimos años, y con fuerza aún en el distrito más rico, más alfabetizado y con la menor desigualdad de género de la Argentina.

Según un informe publicado por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) durante el reciente mes de marzo, entre los años 2015 y 2018 se cometieron 56 femicidios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estos representaron el 60 por ciento del total de los homicidios dolosos efectuados contra mujeres durante el mismo período (96).

Si bien puede sonar un poco lejano que el informe no incluya datos del recientemente acabado 2019, en el que a nivel nacional los femicidios aumentaron, esto tiene una justificación. El foco del documento fue analizar cómo fue la respuesta de la Justicia porteña a estos crímenes. A través del mismo, puede mostrarse cómo la acción judicial tiene un gran “debe” con las víctimas y sus seres queridos. Sólo el 48 por ciento de estos femicidios tienen sentencia, mientras que la otra mitad de los casos están en curso o fueron directamente archivados por fallecimiento del asesino o la imposibilidad de hallarlo.

En promedio, durante el período analizado, que comenzó con la primera marcha del movimiento “Ni Una Menos”, estos crímenes demoraron 21,9 meses en arribar a la sentencia desde que fueron cometidos. No obstante, en cinco de ellos, no especificados, la respuesta llegó recién pasados los tres años. De todos modos, ese primer fallo judicial no agota el proceso, y no determina la culpabilidad del autor. Al día de hoy, 30 del total de los femicidios cometidos entre 2015 y 2018 no tienen sentencia firme, lo que aumenta el calvario de los familiares y conocidos de las mujeres asesinadas.

Uno de los puntos centrales del informe de los fiscales tiene que ver con la demora en la Justicia como Poder del Estado para reconocer al femicidio como una acción criminal. Según el relevamiento, sólo la mitad de los femicidios fueron reconocidos como tales de acuerdo a la definición de la Convención de la OEA para la prevención de la violencia contra las mujeres. En el otro 50% de los casos, los y las magistradas consideraron que hubo “homicidio agravado por el vínculo” u “homicidio simple”.

Para la UFEM, es imperioso que “el concepto político-social del femicidio coincida con la definición jurídico-penal” aplicable a estos actos. “Ocultar estos crímenes bajo la categoría de homicidio no sólo implica un cambio en la tipología penal. Es también una forma de quitarle a los mismos el sustrato machista y misógino que conllevan”, definen los fiscales porteños en el documento.

“La tipificación diferencial tiene como objetivo la visibilización de estos hechos como emergentes de una situación desigual estructural de género, con importantes efectos simbólicos. Esto sucede porque devela estereotipos que naturalizan la violencia, la minimizan y la reducen al ámbito privado”, definen en el informe. 

Durante los cuatro años de análisis, la categorización de los “femicidios” por parte de la Justicia fue fluctuante, y estuvo lejos de mostrar una tendencia. Los mismos alcanzaron a representar  el 70 % de los crímenes contra las mujeres en 2016, pero se situaron dos años después en una suerte de equilibrio cercano a la mitad de los casos.

Si no bastara por sí sola la acción criminal, el 78 de las sentencias sobre los femicidios consideró agravantes en la práctica de su autor, que redundaron en la posterior condena a prisión perpetua que recibieron casi todos ellos. En 23 de los fallos, el agravante se dio por el vínculo, mientras que en 4, la alevosía llevada a cabo a la hora del asesinato. En tanto, 16 marcaron precedente, ya que precisaron en la tipificación que en los femicidios que juzgaron había ocurrido alevosía “por el género”.

Una de las “ventajas” de los femicidios en el proceso penal tiene que ver con que en estos casos es más fácil identificar al autor, y así ganar tiempo en la primera etapa. Esto sucede porque en 3 de cada 4 crímenes de este tipo, quien lo ejecuta mantiene un lazo previo afectivo o al menos de conocimiento con la víctima. Esto no se da, por el contrario, en los homicidios dolosos cometidos contra las mujeres, al menos según el relevamiento de los fiscales.

Este informe, presentado por la UFEM, tuvo una relevancia histórica. Se trató de la primera medición del alcance de justicia que tienen los femicidios cometidos en el ámbito porteño. 

La fría estadística, la sequedad de un número y la osadía de las comparaciones no ocultan que detrás de cada uno de ellos hay un nombre propio, una historia de vida, madres y padres, hijos e hijas en algunos casos y amigas y amigos. Todos derrumbados por una mano, o simplemente el movimiento de un dedo de un hombre. 


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